Para que un trabajador pueda disfrutar de una pensión por invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez es necesario que cumpla con los siguientes requisitos:
Artículo 145
Tener al menos 500 semanas cotizadas en el IMSS.
Tener cumplidos 60 años de edad.
Quedar privado de trabajo remunerado.
Tener vigencia de derechos al momento de solicitar la pensión.
Para el caso de pensión por vejez tener cumplidos 65 años de edad.
Artículo 138.
El monto de pensión por invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez se determina en función a los años cumplidos en la fecha en que se adquiere el derecho a recibir la pensión.
Las pensiones se componen de una cuenta básica y de incrementos anuales con base al número de semanas cotizadas a partir de las primeras 500 semanas. así como del salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.
Artículo 167.
El salario promedio que resulte se expresa en UMAS (unidad de medida de actualización) anteriormente se expresaba en salarios mínimos. Actualmente la UMA tiene un valor de $86.88.
Por ultimo estas pensiones incluyen asignaciones familiares y ayuda asistencial que en su caso correspondan.